v v Introducción.
Milán
Kundera en uno de sus textos más exaltados expresa entre sus líneas una
realidad que, lejos de haber sido acatada o por lo menos leída, se mandó a lo
profundo del olvido, como una historia sin interés o una tesis condenada al
exilio de las conciencias. Al estudiar el tenor literal de su texto, se
encuentra la siguiente tesis: “Si la
Revolución francesa tuviera que repetirse eternamente, la historiografía
francesa estaría menos orgullosa de Robespierre”. Pero dado que habla de algo
que ya no volverá a ocurrir, los años sangrientos se convierten en meras
palabras, en teorías, en discusiones, se vuelven más ligeros que una pluma, no
dan miedo…”[1]. Verdaderamente, el trasegar de la historia demuestra una adaptación de los
hechos a la conciencia del hombre, pero si se tuviera la facultad de repetir un
hecho auténtico una o quizás varias veces, se tendría una mejor perspectiva de
la ocurrencia de sus motivaciones.
Para algunos, afortunadamente; para otros, no tanto, Colombia ha estado sometida a un
ciclo incesante de violencia, lo que permite exponer con mayor certeza un
análisis crítico de las fundamentaciones que conllevan tales hechos
perjudiciales para la vida de la Nación.
En
desarrollo de lo anterior, cabe precisar de manera in genere que a lo largo de
todos los tiempos el término Estado ha sido considerado como una asociación
permanente de personas con intereses comunes, de igual carácter permanente con
un Ordenamiento Jurídico común y una autoridad también en común; la definición
constituida y establecida anteriormente, se nutre de concepciones clásicas y un
tanto vanguardistas, pero por ello no menos importantes, que doctrinantes de
las ciencias jurídicas han consolidado a través de diferentes épocas y tiempos;
demostrando la anterior tesis expresa Kant dentro de sus expresiones que el
Estado “es una reunión de hombres
que viven bajo leyes jurídicas”[2];
por su parte Rousseau dice entre sus líneas que Estado es “la asociación política libremente fundada por los partícipes del
contrato social”[3];
Aristóteles dice que es una “sociedad
perfecta”[4];
y Platón que es “un ente ideal”[5].
Tales
concepciones engloban aspectos esenciales para el Estado; a saber, el elemento físico o territorial, el poblacional y el político-jurídico. Este último,
sustentado en la idea del Poder Público, que consiste en la facultad que tiene
el Estado de regular la conducta de sus asociados a través de mandatos de
obligatorio cumplimiento, causante de la tesis que tal ente de carácter
benefactor, y además como persona jurídica excepcional, es el generador de la
satisfacción de nuestras necesidades básicas, toda vez que por medio de las
normas jurídicas que regulan nuestra vida en sociedad, imparte justicia y con
esto genera la paz, convivencia y armonía social, estos últimos como fines de
carácter programático[6] de nuestro Estado
colombiano.
Pero a decir verdad, las ideas que se implantan para
mantener aquel concepto utópico muchas veces han quedado en el tintero, en las
hojas de un escrito legal idealizado, pero muy lejano a la realidad que se
exhibe en el contexto histórico de la sociedad. Este no es un contexto alejado
de la realidad colombiana; en efecto, muchos son los conflictos que se han
alineado al interior del Estado colombiano en el discurrir de su historia. Puede esto evidenciarse desde el momento mismo de su independencia, periodo
histórico que, tras un fuerte enfrentamiento entre los grupos políticos de la
época, llevó a la recolonización por parte de la Corona española.
Esta situación de conflicto se agudizó con el paso de las
décadas, hasta alcanzar un esplendor en las ultimas del Siglo Pasado, siendo,
dentro del oscuro acaecer de esa época, un evento importante LA TOMA DEL
PALACIO DE JUSTICIA, evento magno que atemorizó ya no solo a la población civil
de la Nación, sino además a los mismos miembros de las fuerzas militares del
Estado, quienes cumplen con la función de protección y resguardo del resto de
personas, haciéndose valido, entre otras cosas, expresar que tales
aglomeraciones de personas para poseer dicho resguardo deben someterse a un
cúmulo de reglas, que sustentan el Orden de tal Conglomerado, ya expresaba
Cesare Beccaria “las
leyes son el método por el cual los habitantes aislados se unen en sociedad con
el propósito de ceder una parte de su libertad, cansados de vivir en un
continuo estado de guerra y poder gozar del resto de la misma con seguridad”[7].
Sin embargo, el dramático suceso que se comenta ha
desarrollado una serie de argumentos que, como un juego de ajedrez, mueve sus
fichas y modifica con ella sus posiciones, generando cada vez más, tesis y
antítesis en torno a las operaciones militares que se surtieron en tal acontecimiento,
el cual ha conllevado como consecuencia, además de la muerte y desaparición de
muchos personajes importantes para la justicia y la historia de Colombia, varios
militares procesados que socavan sus vidas en medio de juicios políticos y
procesos condenatorios, pero como la otra cara de una misma moneda, el grupo de
insurgentes que en su momento ocasionaron estos ataques al complejo judicial
mas comentado del Estado, obtuvieron indultos y amnistías, conllevando las
mismas a un perdón y olvido sin precedentes.
Miembros del M-19, luego de un proceso de adaptación
sensibilizada, como si lo ocasionado, hubiera sido un perjuicio fácilmente
remediable o un desastre que como nacionales debemos soportar sin querella
alguna, ocupan tranquilamente altos cargos gubernamentales, ejerciendo poder
político legitimado, aun sobre las familias que se constituyen como víctimas de
ese espacio de horror en el tiempo que ha dejado el conflicto armado interno surtido, se insiste, desde hace muchos años y al que nos hemos acostumbrado,
aprendiendo a vivir con el enemigo, como si el lobo conviviera con la manada de
ovejas.
Apuntalando en lo anteriormente expresado nace un
cuestionamiento que se avizora y afianza en el marco del contexto Jurídico – Político
del País, pues cabe recordar que la ecuanimidad se predica en el mundo desde el
desarrollo de la Revolución Francesa, cuyos principios de Libértè, Egálitè y
Fraternitè dieron pie a la mas grande confrontación en beneficio de los tan
nombrados derechos Civiles y Políticos, entonces ¿porqué se condena la
actuación de los militares que, en aras del mantenimiento del Control Social de
carácter Constitucional, mientras que los indultados subversivos disfrutan de
las bondades de la justicia, cuando estos últimos se impelieron como los
originadores de tal masacre y desdeño al Estado Colombiano?, ¿hasta qué punto
el Sistema Democrático permite el perdón y olvido de los grupos al margen de la
ley como el M-19, mientras que los militares, actuando en el uso legítimo de la
fuerza?
Para resolver tal cuestionamiento, se debe partir de la base
del concepto de guerra, en este sentido, Karl Von Clausewitz indica que “la guerra es, pues, un acto de violencia para obligar al contrario a
hacer nuestra voluntad”[8]. Permite tal concepción
entrañar, a partir de su tenor literal, la imposición, mediante el uso de la
fuerza, de los pensamientos y planteamientos de una parte a su contraparte,
reduciéndolos a su sombra y control. Empero, para lograr tal potestad, se hace
necesaria la implementación de la coerción, lo que implica la implementación de
la más drástica de las fuerzas, a saber, la bélica.
Ahora bien, desde un contenido político, la guerra es un
acto de violencia, y no hay límites en la aplicación de la misma; cada uno
marca la ley al otro, surge una relación mutua que, por su concepto, tiene que
conducir al extremo. Expresa el ya citado autor Von Clausewitz “la guerra no es la acción de una fuerza viva sobre una masa muerta,
sino que, como un sufrimiento absoluto no sería una guerra, es siempre el
choque entre dos fuerzas vivas, lo que hemos dicho del objetivo último de la
acción bélica ha de ser pensado por ambas partes”[9],
siguiendo el precepto expresado, debe entonces analizarse ¿si las condenas
públicas y procesales que se le han valido a las fuerzas legítimas militares,
aun cuando estas actuaron con el objeto de evitar un perjuicio mayor y en
respuesta a una lesión originada por los grupos actores ilegítimos?, y si en
gracia de discusión, es aceptado por la mayoría las desacertadas acciones
jurídicas emprendidas contra ellos sería cuestionable la idea de igualdad en un
Estado que perdona a sus enemigos pero que condena a sus propios defensores en
el combate.
Analícese que, los actos en que incurrieron las Fuerzas
Armadas Legítimas se desplegaron con motivo a la defensa de ataques iniciales
exhibidos públicamente por los actores espurios del conflicto, y es que si a
estos se les ha permitido la absolución por los crímenes de lesa humanidad
cometidos en aquel momento de la historia, ¿por qué entonces no hacerlos con el
otro bando que, ajeno a la Culpabilidad que se despliegan por las
confrontaciones iniciadas por el M-19, solo buscaban responder a estos en aras
de la seguridad de la Nación?, aclarando entre otras cosas que no se trata de
justificar las acciones del miembros de fuerzas militares, sino de propender
por una visión crítica y objetiva en torno a una problemática que muestra una
seria violación a los mismos principios rectores de nuestro sistema democrático
actual.
Por otro lado, debe tenerse en cuenta que la guerra es una
mera continuación de la política por otros medios; así “vemos, pues, que la guerra no es solo un acto político, sino un
verdadero instrumento político, una continuación del tráfico político, una
ejecución del mismo por otros medios”. Lo que sigue siendo peculiar de la guerra
se refiere tan solo a la naturaleza singular de sus medios. El arte militar en
su conjunto, y el general al mando en cada caso concreto, pueden exigir que las
direcciones e intenciones de la política no entren en contradicción con esos
medios, y probablemente esa pretensión no sea pequeña; pero, por mucho que
influya en algún caso sobre las intenciones políticas, siempre la intención
política es el fin, la guerra el medio, y nunca puede pensarse el medio sin el
fin.”[10]
En efecto, las aglomeraciones armadas organizadas,
sustentan una ideología, siendo la misma un argumento fortalecedor del Estado o
a contrario sensu, debilitadora del similar. Tales opiniones desarrollan
movimientos que se promueven en las masas, lo que implica visiones diferentes
en torno a la realidad de un territorio o una población, estas corrientes del
pensamiento, al trasegar al mundo exterior y generar impactos que efectivamente
lo modifican, generan hechos totalmente sancionables, sin embargo, esto no ha
sido lo propiamente apreciado por la autoridad del momento y las posteriores,
sino un incesante dedo señalador que, sin duda alguna, ignora las verdaderas
reglas de la guerra y no las simples teorías expresadas en el papel.
Los juicios definen actos jurídicos, que en razón a ello se
sustentan las sanciones imponibles a sus sujetos activos, sin embargo, estamos
frente a actos políticos que se escapan de las teorías, y se impetran en la
realidad, lo cual modifica el espíritu o elemento intrínseco de las actuaciones. Debe además mirarse que los soldados y en general militares que actuaron en la
defensa de la toma al Palacio de Justicia, son hombres que conocen y están
preparados, pero de igual manera poseen un desarrollo y se constituyen como
máquinas de guerra, lo cual transforma evidentemente la noción de sus
actuaciones, limitándose al momento y la dificultad a las que se afrontan.
v Conclusión.
Nuestro Presidente ha expresado, dentro de sus múltiples
discursos, una frase que delimita la conclusión de este artículo crítico; esta
es: “Para alcanzar la paz debemos
tragarnos muchos sapos, que no permiten que la alcancemos…”. Siguiendo entonces la idea del Jefe de Estado Colombiano, y aplicándola por analogía al
caso en cuestión, así como el Gobierno se tragó los sapos de las fuerzas
insurgentes, quienes, se reitera, ocasionaron el verdadero perjuicio a la
Nación, ¿por qué no perdonar los actos que se suponen de la guerra, cometidos por
los militares que en su defensa actuaron?. Esto demuestra la realidad política
de nuestro sistema democrático que, al parecer, deja normas en el tintero y no
permite o ignora la observancia de las mismas. Todo por la obtención de
la paz para unos, pero las opresiones para otros.
En razón de ello, y luego de un análisis hermético de lo
expuesto con antelación, solo queda la improcedencia de juicios políticos, puesto
que los mismos no se condicionan al verdadero sentido de la guerra y del
momento de las confrontaciones. Ahora bien, si en gracia de discusión se opta
por la comisión de los mismos, se debe garantizar igualdad para todos y no
solo para algunos que, luego de realmente ocasionar una visión oscura y turbia
de nuestro Estado, disfrutan del poder, mientras que otros sufren las penurias
de las consecuencias dejadas por actos ocasionados por otros.
[1] Kundera Milan. La Insoportable Levedad del Ser. Capitulo 1: la levedad
y el peso. Pág. 4.
[2]Kant, Emanuel.
Aproximación al Estado (derecho constitucional general); Autor: José Iván Ortiz
Castro. Pag.64.
[3]Rousseau,
Juan Jacobo. El contrato social. Ed. Porrúa, México, Año 2006. Pag.12.
[4]Naranjo
Meza, Vladimiro. Teoría constitucional e instituciones políticas. Ed. Temis
S.A. décima edición. 2006.
[5]Naranjo
Meza, Vladimiro. Teoría constitucional e instituciones políticas. Ed. Temis
S.A. décima edición. 2006.
[6]La
paz, la convivencia y la armonía son considerados por la doctrina como fines
del Estado. Siendo el primero de estos según art. 22 considerado derecho y
deber de obligatorio cumplimiento, siendo así Manuel Fernando Quinche Ramírez,
dice que la paz se logra con el paso del tiempo pues no es un estado absoluto,
sino que siempre se lucha en pro de la misma. Por su parte la convivencia y
armonía establecidas en art. 2 C.N, así: “asegurar la convivencia pacífica y la
vigencia de un orden justo”.
[7] Beccaria, Cesare. De los delitos y de las penas. Pág. 9.
[8] Von Clausewitz, Karl. Libro: De La Guerra. Ed. Pág. 17.
[9] Von Clausewitz,
Karl. Libro: De La Guerra. Ed. Pág. 20.
[10] Von Clausewitz, Karl. Libro: De la guerra. Ed. (xxxxx). Pág. 31. Ahora bien, si en gracia de discusión se opta por la comisión de los mismos, se debe garantizar igualdad para todos y no solo para algunos que, luego de realmente ocasionar una visión oscura y turbia de nuestro Estado, disfrutan del poder, mientras que otros sufren las penurias de las consecuencias dejadas por actos ocasionados por otros.
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